La Responsabilidad Social y los Reguladores. El caso de la CNMV

(Actualizo esta entrada con un nuevo y excelente análisis de José Angel Moreno en Ágora ‘…más allá de la Economía‘, así como con otro de Beatriz Fdez. en el mismo medio ‘…fuente de la verdadera Responsabilidad Social’, este más breve pero igualmente recomendado

Seguimos insistiendo en la oportunidad de relacionar la Responsabilidad Social con la información que tendríamos disponible si existiese una buena regulación* y mejoran las herramientas de información. Se está difundiendo el contenido sobre RSE del nuevo Código de Buen Gobierno de la CNMV (acceso al documento), que junto a la reforma de la Ley de Sociedades de Capital nos da algunas posiblidades de avance  (ver Artículos en CorresponsablesÁgoraEl PaísD. Responsable…) Debemos corregir: no es la primera vez que la RSE se incluye en el código de la CNMV. 

(* Ver en el blog de Comisión Nacional de la Competencia, otro de los presuntos órganos clave: ‘ ¿Cómo se podría mejorar la contratación pública en España?‘)

(En la imagen, un recuerdo de un pequeño artículo sobre algo que encontré en la Alcazaba de Málaga hace años)

Quiero señalar algo importante en cuanto a la relación del Consejo Estatal de RSE ( Ver ‘Todo sobre el #CERSE’) con los reguladores y regulaciones. Lo dejo pendiente, ya que mañana 27 (a la fecha de escribir este artículo) lo trataremos, o mejor dicho, lo intentaremos tratar, en la Comisión Permanente de dicho Consejo.

Insisto de nuevo: se trata de tener información relevante, comparable, accesible, clara, CREÍBLE, sobre los impactos de las empresas en la sociedad (empecemos por las grandes, y por todas las relacionadas con el sector público). Así que al menos, si se avanza en la información regulada, podría avanzar en RSE (y el CERSE. Lentitud exasperante, bloqueos. Penoso, vergonzoso) Ya en uno de los documentos que pudimos aprobar en ese Consejo, incluimos que ‘la información relevante sobre RSE que aparezca en las nuevas regulaciones (CNMV-Buen Gobierno: retribuciones, riesgos) debe constar en los informes de RSE’ . Y ese documento además sí fue aprobado por consenso. Tambíen se incluye una referencia a las ‘multas, faltas y sanciones’ (Ver el documento Transparencia, Comunicación y Standards de los Informes y Memorias de Sosteniblidad‘)

 Vamos a por lo de la CNMV. Tras leer nuevos artículos, insisto: no entiendo cómo los expertos de RSE están declarando urbi et orbe que ‘La RSE aparece por primera vez el Código de Buen Gobierno de la CNMV’ (????) La RSE sí aparecía en el código del 2006 (texto refundido en  2013) Incluso en el Código Aldama del 2003 también había una mención. No cómo nos hubiese gustado (mirad, en la misma web de la CNMV la petición de nuestro Sindicato: descarga alegaciones COMFIA-CCOO al Código Unificado de Buen Gobierno). La RSE aparecía en las siguientes recomendaciones, QUE DE POCO SIRVIERON, y me temo que ahora, tampoco, a no ser que actuemos…:

En CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN. Interés social:

‘… Nada de esto significa que los intereses de los accionistas hayan de perseguirse a cualquier precio, sin tener en cuenta los de otros grupos implicados en la empresa y los de la propia comunidad en que se ubica. El interés de los accionistas proporciona una guía de actuación que habrá de desarrollarse respetando las exigencias impuestas por el Derecho (por ejemplo,en normas fiscales o medio-ambientales); cumpliendo de buena fe las obligaciones contractuales, explícitas e implícitas, concertadas con otros interesados, como trabajadores, proveedores, acreedores o clientes; y, en general, observando aquellos principios de responsabilidad social que la compañía haya considerado razonable adoptar para una responsable conducción de los negocios. Por ello, se recomienda:

7. Que el Consejo desempeñe sus funciones con unidad de propósito e independencia de criterio, dispense el mismo trato a todos los accionistas y se guíe por el interés de la compañía, entendido como hacer máximo, de forma sostenida, el valor económico de la empresa. Y que vele asimismo para que en sus relaciones con los grupos de interés (stakeholders) la empresa respete las leyes y reglamentos; cumpla de buena fe sus obligaciones y contratos; respete los usos y buenas prácticas de los sectores y territorios donde ejerza su actividad; y observe aquellos principios adicionales de responsabilidad social que hubiera aceptado voluntariamente.

En COMPETENCIAS DEL CONSEJO:

8. Que el Consejo asuma, como núcleo de su misión, aprobar la estrategia de la compañía y la organización precisa para su puesta en práctica, así como supervisar y controlar que la Dirección cumple los objetivos marcados y respeta el objeto e interés social de la compañía. Y que, a tal fin, el Consejo en pleno se reserve la competencia de aprobar:

a. Las políticas y estrategias generales de la sociedad, y en particular:

i. El Plan estratégico o de negocio, así como los objetivos de gestión y presupuesto anuales;

ii. La política de inversiones y financiación;

iii. La definición de la estructura del grupo de sociedades;

iv. La política de gobierno corporativo;

v. La política de responsabilidad social corporativa;

vi. La política de retribuciones y evaluación del desempeño de los altos directivos;

vii. La política de control y gestión de riesgos, así como el seguimiento periódico de los sistemas internos de información y control.

viii. La política de dividendos, así como la de autocartera y, en especial, sus límites.

En Diversidad de género

‘Lograr una adecuada diversidad de género en los Consejos de Administración no constituye sólo un desafío en el plano de la ética, de la política y de la responsabilidad social corporativa’…

Repito: de poco sirvió. El nuevo código tiene algunas novedades interesantes que podrían hacer que tengamos una mejor información para poder evaluar la RSE de las grandes empresas cotizadas. De nuevo, de nada servirá si esta información no es accesible, relavante, creible, comparable…. De nada servirá si no es analizada y presentada convenientemente. En fin, SEGUIMOS… 

Acerca de Sostenibilidad - Cambio EcoSocial

Ver en el blog: https://blogs.serviciosccoo.es/responsabilidad-social/category/general/

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