Responsabilidad sobre cadenas de suministro (Debida diligencia, RSE?)

Tal como llevamos advirtiendo hace mucho, las empresas van a tener que demostrar que están respetando los derechos laborales, los derechos humanos, en toda su cadena de suministro (y de inversión). Una cuestión ‘de moda’, gracias a las iniciativas relacionadas con Empresas y Derechos Humanos: debida diligencia y el Deber del Estado de Proteger.

Responsabilidad sobre cadenas de suministro y de inversión. Debida diligencia. Indicadores clave. #RSE?

Difundimos el informe de la serie ‘Nuevos frentes’, de la Confederación Sindical Internacional: La confianza en las empresas y en las cadenas de suministro mundiales, elaborado para la Cumbre del G7 que se celebró en Junio. Por su interés especial, publicamos el prólogo de dicho informe:

«Es preciso poner fin al modelo de explotación de las cadenas de suministro que pervierten el comercio mundial. Los líderes del G7, reunidos en Alemania durante su cumbre anual tienen la posibilidad de modificar esta situación. El trabajo no es una mercancía. Este principio es la esencia misma de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sin embargo, se ha permitido que la red globalizada de las cadenas de suministro que dominan el comercio mundial opere con esta óptica mercantilista.

Los países del G7 tienen leyes que garantizan los derechos fundamentales de los trabajadores y de las trabajadoras en su propio territorio. Pueden garantizar la igualdad de trato para los trabajadores y trabajadoras de otros países en los que operan las empresas con sede en los países del G7 operan, haciendo valer el mismo Estado de derecho más allá de sus fronteras.

Los Principios Rectores de la ONU sobre las Empresas y los Derechos Humanos proporcionan un marco en este sentido aclarando las respectivas obligaciones de los Gobiernos y las corporaciones empresariales: los Gobiernos deben proteger los derechos humanos; las empresas deben respetar y cumplir los derechos humanos.

La responsabilidad de una empresa de respetar los derechos humanos “existe con independencia de la capacidad y/o voluntad de los Estados de cumplir sus propias obligaciones de derechos humanos y no reduce esas obligaciones”. Los Principios de la ONU establecen claramente que las empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos de los trabajadores y las trabajadoras en todas sus actividades, incluyendo a los subcontratistas y proveedores. Cuando el modelo empresarial del siglo XXI supone que los salarios sean una cuestión de mercado, es preciso recordar a las empresas que ganar un salario digno es un derecho humano.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 23, apartado 3) establece: “Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social”. En otras palabras: los salarios dignos son un derecho humano fundamental. Y el respeto de los derechos humanos fundamentales no debe ser negociable.

Esto queda plasmado tanto en la Declaración de Filadelfia de la OIT y la Declaración de la OIT sobre la justicia social. La Responsabilidad Social Corporativa (RSC) ha fracasado. Solo el Estado de derecho puede imponer: la transparencia; la debida diligencia de los derechos del trabajo y la seguridad en el trabajo; los salarios mínimos vitales y la negociación colectiva; así como la protección social.

La ley sin fuerza obligatoria también desempeña un papel. Pedimos a los países del G7 que apoyen el fortalecimiento de las Líneas Directrices de la OCDE sobre Empresas Multinacionales y el papel que desempeñan los puntos nacionales de contacto en el mecanismo de reclamación y las consecuencias. Pedimos que se apoye y fortalezca el papel de la OIT para erradicar el trabajo informal y el trabajo forzoso, y supervisar el comportamiento de las empresas. Asimismo, pedimos que los Gobiernos examinen sus propias leyes para asegurarse de que existan medidas correctivas en los ámbitos que no cubran las leyes sin fuerza obligatoria.

El Gobierno cuenta con el apoyo de la población, el 55% de las personas en cuatro países del G7 (Francia, Alemania, Reino Unido, EE.UU.) estuvieron de acuerdo en que no se puede confiar en las empresas para que velen por sus trabajadores/as. El G7 puede marcar la diferencia»

Sharan Burrow, Secretaria General de la Confederación Sindical Internacional
Ver también el informe Escándalo en la cadena de suministro de 50 grandes empresas (PDF)

Acerca de Sostenibilidad - Cambio EcoSocial

Ver en el blog: https://blogs.serviciosccoo.es/responsabilidad-social/category/general/

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